FLUJOGRAMA DE OPOSICIÓN A LA VENTA DE LA PRENDA
El deudor prendario y el tercero que haya dado la prenda, intimados personalmente, podrán hacer oposición a la venta. Artículo 672 del CPC.
A Continuación de presenta un flujograma de las consideración a tomar en cuenta de acuerdo a lo establecido en el Código de Procedimiento Civil Venezolano.
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario